Artículo 88 de la Ley General de Sociedades Mercantiles
Capitulo V. De la sociedad anónima
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de octubre de 2023
La denominación se formará libremente, pero será distinta de la de cualquiera otra sociedad y al emplearse irá siempre seguida de las palabras “Sociedad Anónima” o de su abreviatura “S.A.”