Artículo 192 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
Titulo primero. De los Títulos de Crédito · Capitulo IV. Del cheque · Sección Primera. Del Cheque en General
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 26 de marzo de 2024
Las acciones a que se refiere el artículo anterior prescriben en seis meses contados:
I.- Desde que concluye el plazo de presentación, las del último tenedor del documento; y
II.- Desde el día siguiente a aquél en que paguen el cheque, las de los endosantes y las de los avalistas.