Artículo 2268 del Código Civil de Tabasco
Prescripción de acciones
Libro cuarto. De las obligaciones disposiciones generales · Título noveno. De la transmisión de los derechos de crédito y de los derechos reales · Capitulo V · Seccion segunda. De los defectos ocultos del bien enajenado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Las acciones que nacen de lo dispuesto en los siete artículos anteriores se extinguen a los seis meses, contados desde la entrega del bien enajenado.