Artículo 273 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
Titulo segundo. De las Operaciones de Crédito · Capitulo II. Del depósito · Sección Primera. Del Depósito Bancario de Dinero
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 26 de marzo de 2024
Salvo convenio en contrario, en los depósitos con interés, éste se causará desde el primer día hábil posterior a la fecha de la remesa y hasta el último día hábil anterior a aquél en que se haga el pago.