LGTAIP · Art. 103

Artículo 103 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Título sexto. Información clasificada · Capítulo I. De las Disposiciones Generales de la Clasificación y Desclasificación de la Información

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de marzo de 2025

La clasificación de la información se llevará a cabo en el momento en que:

I.Se reciba una solicitud de acceso a la información;

II.Se determine mediante resolución de autoridad competente, o

III.Se generen versiones públicas para dar cumplimiento a las obligaciones de transparencia previstas en esta Ley.

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Pendiente de verificar

  • Línea del decreto de expedición, no de la ley, omitida del cuerpo (tras el artículo 216): «Artículo Segundo a Artículo Cuarto.- …….».

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Cómo citar

Artículo 103, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Texto vigente, última reforma DOF 20 mar 2025. https://articuladomx.com/ley-general-de-transparencia-y-acceso-a-la-informacion-publica/articulo-103/

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