Artículo 93 de la Ley General de Víctimas
Título sexto. Sistema nacional de atención a víctimas · Capítulo III. De la estructura operativa del sistema nacional de atención a víctimas
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 1 de abril de 2024
La Comisión Ejecutiva cuenta con un comité interdisciplinario evaluador con las siguientes facultades:
I.Elaborar los proyectos de dictamen de acceso a los recursos para el otorgamiento de los Recursos de Ayuda;
II.Elaborar los proyectos de dictamen de reparación integral y, en su caso, la compensación, previstas en la Ley y el Reglamento;
III.Elaborar los proyectos de dictamen para la creación de fondos de emergencia, y
IV.Las demás establecidas en la Ley y el Reglamento.