LGPSEDMTP · Art. 25

Artículo 25 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas

Libro primero. De lo sustantivo · Título segundo. De los delitos en materia de trata de personas · Capítulo II. De los delitos en materia de trata de personas

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025

Será sancionado con pena de 10 a 20 años de prisión y de un mil a 20 mil días multa, a quien utilice a personas menores de dieciocho años o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, o no tenga capacidad de resistir la conducta, en cualquiera de las actividades delictivas señaladas en el artículo 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Leer de corridodentro de Título segundo. De los delitos en materia de trata de personas

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
f73c5b75655c…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Artículo reformado DOF 07-06-2024

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Transitorios (7 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 25, Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-general-para-prevenir-sancionar-y-erradicar-los-delitos-en-materia-de-trata-de-personas/articulo-25/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.