Artículo 46 de la Ley Nacional de Ejecución Penal
Título segundo · Capítulo IV. De la Imposición de Sanciones Disciplinarias
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 1 de abril de 2024
Debido proceso
Los procedimientos disciplinarios garantizarán el derecho a la defensa, de audiencia y la oportunidad de allegarse de medios de prueba en favor de la persona privada de la libertad.