Artículo 86 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Desarrollo de la sesión
Libro segundo. Mecanismos alternativos de solución de controversias y formas de terminación anticipada · Título I. Mecanismos alternativos de solución de controversias · Capítulo II. La mediación
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de diciembre de 2022
El desarrollo de las sesiones se llevará a cabo de acuerdo a lo establecido en la Ley de Mecanismos Alternativos, en un lenguaje claro, sencillo y comprensible para la persona adolescente.
En el caso de que los intervinientes logren alcanzar un acuerdo o plan de reparación y propuestas de condiciones por cumplir que consideren idóneos para resolver la controversia, el facilitador lo registrará y lo preparará para la firma de los intervinientes de conformidad con las disposiciones aplicables previstas en esta Ley.