Situaciones

Civil

No me devuelven el depósito de la renta

Las reglas del contrato de arrendamiento las fija el código civil de cada estado. El juicio lo regula el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, que entra en vigor por estado (a más tardar 1-abr-2027).

  1. Artículo 17 · Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Prohíbe hacerse justicia por propia mano; los reclamos se presentan ante tribunales.

    Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.

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  2. Artículo 520 · Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

    Establece que los conflictos de arrendamiento de inmuebles se tramitan en un juicio especial.

    A las controversias que versen sobre el arrendamiento inmobiliario les serán aplicables las disposiciones de este Capítulo.

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  3. Artículo 89 · Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

    Fija que el juez competente en arrendamiento es el del lugar del inmueble.

    La de la ubicación del bien, si se ejercita una acción real sobre éste. Lo mismo se observará respecto a las cuestiones derivadas del contrato de arrendamiento de inmuebles.

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  4. Artículo 521 · Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

    Exige acompañar la demanda con el contrato de arrendamiento si es escrito.

    El escrito inicial de demanda además de los requisitos referidos deberá acompañarse con el contrato de arrendamiento en caso de haberse celebrado por escrito.

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Las notas describen qué regula cada artículo; no son una respuesta para tu caso. Las citas se comprobaron contra el texto vigente el 07/10/2026.