Artículo 101 del Código Civil Federal
LIBRO PRIMERO. De las Personas · TITULO CUARTO. Del Registro Civil · CAPITULO VII. De las Actas de Matrimonio
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
El matrimonio se celebrará dentro de los ocho días siguientes, en el lugar, día y hora que señale el Juez del Registro Civil.