Artículo 1105 del Código Civil Federal
LIBRO SEGUNDO. De los Bienes · TITULO SEXTO. De las Servidumbres · CAPITULO V. De la Servidumbre Legal de Paso
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
El dueño de un predio rústico tiene derecho, mediante la indemnización correspondiente, de exigir que se le permita el paso de sus ganados por los predios vecinos, para conducirlos a un abrevadero de que pueda disponer.