Artículo 1378 del Código Civil Federal
LIBRO TERCERO. De las Sucesiones · TITULO SEGUNDO. De la Sucesión por Testamento · CAPITULO VI. De la Institución de Heredero
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
El testamento otorgado legalmente será válido, aunque no contenga institución de heredero y aunque el nombrado no acepte la herencia o sea incapaz de heredar.