Artículo 1864 del Código Civil Federal
LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · PRIMERA PARTE. De las Obligaciones en General · TITULO PRIMERO. Fuentes de las Obligaciones · CAPITULO II. De la Declaración Unilateral de la Voluntad
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Si se hubiere señalado plazo para la ejecución de la obra, no podrá revocar el promitente su ofrecimiento mientras no está vencido el plazo.