Artículo 2040 del Código Civil Federal
LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · PRIMERA PARTE. De las Obligaciones en General · TITULO TERCERO. De la Transmisión de las Obligaciones · CAPITULO I. De la Cesión de Derechos
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Mientras no se haya hecho notificación al deudor, éste se libra pagando al acreedor primitivo.