Artículo 2448 E del Código Civil Federal
LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · PARTE SEGUNDA. De las Diversas Especies de Contratos · TITULO SEXTO. Del Arrendamiento · CAPITULO IV. Del arrendamiento de fincas urbanas destinadas a la habitación
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
La renta debe pagarse en los plazos convenidos y a falta de convenio, por meses vencidos.
El arrendatario no está obligado a pagar la renta sino desde el día en que reciba el inmueble objeto del contrato.