CCF · Art. 2535

Artículo 2535 del Código Civil Federal

LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · PARTE SEGUNDA. De las Diversas Especies de Contratos · TITULO OCTAVO. Del Depósito y del Secuestro · CAPITULO I. Del Depósito

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025

Los dueños de establecimientos en donde se reciben huéspedes, son responsables del deterioro, destrucción o pérdida de los efectos introducidos en el establecimiento con su consentimiento o el de sus empleados autorizados, por las personas que allí se alojen; a menos que prueben que el daño sufrido es imputable a estas personas, a sus acompañantes, a sus servidores o a los que visiten, o que proviene de caso fortuito, fuerza mayor o vicios de los mismos efectos.

La responsabilidad de que habla este artículo, no excederá de la suma de doscientos cincuenta pesos, cuando no se pueda imputar culpa al hotelero o a su personal.

Sobre este texto
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75bc335cf70c…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • No se pudo leer la fecha de publicación original en ref/ccf.htm.
  • El Código se publicó en el DOF en cuatro partes (26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928); `enacted` es la fecha de la primera parte.
  • Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «Disposiciones Generales».
  • Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «I.- Efectos de las Obligaciones entre las Partes».
  • Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «Cumplimiento de las Obligaciones».
  • Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «I.- De las Asociaciones».
  • Artículo 1777: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 2033: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 2316: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 2345: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».

Transitorios (70 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 2535, Código Civil Federal. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-2535/

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