Artículo 2814 del Código Civil Federal
LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · PARTE SEGUNDA. De las Diversas Especies de Contratos · TITULO DECIMO TERCERO. De la Fianza · CAPITULO II. De los Efectos de la Fianza entre el Fiador y el Acreedor
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
El fiador no puede ser compelido a pagar al acreedor, sin que previamente sea reconvenido el deudor y se haga la excusión de sus bienes.