Artículo 3031 del Código Civil Federal
LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · TERCERA PARTE · TITULO SEGUNDO. DEL REGISTRO PUBLICO · CAPITULO II. Disposiciones Comunes de los Documentos Registrables
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Para que el asiento pueda cancelarse por consentimiento de las partes, éste deberá constar en escritura pública.