Artículo 3063 del Código Civil Federal
LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · TERCERA PARTE · TITULO SEGUNDO. DEL REGISTRO PUBLICO · CAPITULO III. Del Registro de la Propiedad Inmueble y de los Títulos Inscribibles y Anotables
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Los asientos de cancelación de una inscripción o anotación preventiva, expresarán:
I.La clase de documento en virtud del cual se practique la cancelación, su fecha y número si lo tuviere y el funcionario que lo autorice.
II.La causa por la que se hace la cancelación;
III.El nombre y apellidos de la persona a cuya instancia o con cuyo consentimiento se verifique la cancelación;
IV.La expresión de quedar cancelado total o parcialmente el asiento de que se trate; y
V.Cuando se trate de cancelación parcial, la parte que se segregue o que haya desaparecido del inmueble, o la que reduzca el derecho y la que subsista.