Artículo 347 del Código Civil Federal
LIBRO PRIMERO. De las Personas · TITULO SEPTIMO. De la Paternidad y Filiación · CAPITULO II. De las Pruebas de la Filiación de los Hijos Nacidos en Matrimonio
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
La acción que compete al hijo para reclamar su estado, es imprescriptible para él y sus descendientes.