Artículo 1166 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Libro Décimo. De los Procesos de Carácter Internacional · Capítulo II. De la Cooperación Procesal Internacional · Sección Cuarta. De los Exhortos Internacionales y Cartas Rogatorias
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
Todo exhorto o carta rogatoria, así como los anexos que se reciban del extranjero, en idioma distinto del español, deberán acompañarse de su debida traducción.