Artículo 403 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Libro Tercero. De la Justicia Civil · Título Primero. De los Actos Prejudiciales en Materia Civil · Capítulo I. De los Medios Preparatorios del Juicio en General · Sección Cuarta. De las Preliminares de la Consignación
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
La persona depositaria que se constituya en estas diligencias será designada por la autoridad jurisdiccional si con intervención de ella se practicaren. Si fueren hechas con intervención de Corredor o Corredora Pública, Notaria o Notario Público, la designación será bajo la responsabilidad de la deudora.