Artículo 429 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Libro Tercero. De la Justicia Civil · Título Segundo. Procedimientos Civiles No Contenciosos · Capítulo I. De la Jurisdicción Voluntaria · Sección Primera. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
Los Consejos de la Judicatura de los Poderes Judiciales de las Entidades Federativas y del Poder Judicial de la Federación, mediante acuerdos generales, podrán establecer los mecanismos necesarios para que los procedimientos a que se refiere este artículo se desahoguen por medios electrónicos.