CNPP · Art. 265

Artículo 265 del Código Nacional de Procedimientos Penales

Valoración de los datos y prueba

LIBRO SEGUNDO. DEL PROCEDIMIENTO · TÍTULO IV. DE LOS DATOS DE PRUEBA, MEDIOS DE PRUEBA Y PRUEBAS · CAPÍTULO ÚNICO. DISPOSICIONES COMUNES

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 28 de noviembre de 2025

El Órgano jurisdiccional asignará libremente el valor correspondiente a cada uno de los datos y pruebas, de manera libre y lógica, debiendo justificar adecuadamente el valor otorgado a las pruebas y explicará y justificará su valoración con base en la apreciación conjunta, integral y armónica de todos los elementos probatorios.

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Cómo citar

Artículo 265, Código Nacional de Procedimientos Penales. Texto vigente, última reforma DOF 28 nov 2025. https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-265/

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