Artículo 50 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Título Tercero · Capítulo II. Del Poder Legislativo
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 2 de junio de 2026
El poder legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un Congreso general, que se dividirá en dos Cámaras, una de diputados y otra de senadores.