Artículo 1064 del Código Civil de Aguascalientes
Libro segundo.. De los bienes. · Titulo quinto.. Del usufructo, del uso y de la habitacion. · Capitulo v.. Del uso y de la habitacion.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026
Los derechos y obligaciones del usuario y del que tiene el goce de habitación, se arreglarán por los títulos respectivos y, en su defecto, por las disposiciones siguientes.