Artículo 1268 del Código Civil de Aguascalientes
Libro tercero.. De las sucesiones. · Titulo segundo.. De la sucesion por testamento. · Capitulo iv.. De las condiciones que pueden ponerse en los testamentos.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026
Cuando la condición fuere casual o mixta, bastará que se realice en cualquier tiempo vivo o muerto el testador, si éste no hubiere dispuesto otra cosa.