Artículo 1288 del Código Civil de Aguascalientes
Libro tercero.. De las sucesiones. · Titulo segundo.. De la sucesion por testamento. · Capitulo v.. De los bienes de que se puede disponer por testamento y de los testamentos inoficiosos.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026
La pensión alimenticia es carga de la masa hereditaria, excepto cuando el testador haya gravado con ella a alguno o algunos de los partícipes de la sucesión.