Artículo 2260 del Código Civil de Aguascalientes
Libro cuarto.. De las obligaciones. · Parte segunda.. De las diversas especies de contratos. · Titulo quinto.. Del mutuo. · Capitulo i.. Del mutuo simple.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026
Consistiendo el préstamo en dinero, pagará el deudor devolviendo una cantidad igual a la recibida, conforme a la Ley monetaria vigente al tiempo de hacerse el pago, sin que esta prescripción sea renunciable. Si se pacta que el pago debe hacerse en moneda extranjera, la alteración que ésta experimente en relación con la nacional, será en daño o beneficio del mutuario.