Artículo 896 del Código Civil de Aguascalientes
Libro segundo.. De los bienes. · Titulo cuarto.. De la propiedad. · Capitulo iii.. De los tesoros.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026
El tesoro descubierto en propiedad ajena, por obras practicadas sin consentimiento de su dueño, pertenece íntegramente a éste.