CPAGS · Art. 181

Artículo 181 del Código Penal de Aguascalientes

Libro segundo · Parte especial · Título primero. Figuras típicas dolosas · Capítulo XII. Tipos Penales Protectores de la Confidencialidad, la Intimidad de la Información y la Identidad de la Persona

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026

Acceso informático indebido. El Acceso Informático Indebido consiste en:

I.Acceder a la información contenida en un aparato para el procesamiento de datos o cualquier dispositivo de almacenamiento de información sin autorización de su propietario o poseedor legítimo; o

II.Interferir el buen funcionamiento de un sistema operativo, programa de computadora, base de datos o cualquier archivo informático, sin autorización de su propietario o poseedor legítimo.

(REFORMADO, P.O. 28 DE NOVIEMBRE DE 2019)

Al responsable del Acceso Informático Indebido se le aplicará de 3 a 6 meses de prisión, de 150 a 300 días multa así como el pago de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados. Si quien realiza el Acceso Informático Indebido es el responsable del mantenimiento o seguridad del sistema de información sobre el que se perpetra, se le aplicará de 6 meses a 1 año de prisión, de 300 a 600 días multa, así como el pago de la reparación de daños y perjuicios ocasionados.

(REFORMADO, P.O. 28 DE NOVIEMBRE DE 2019)

Si mediante el Acceso Informático Indebido referido en la Fracción I, se accede a imágenes o videos referentes al pene, senos, glúteos o la vagina, o bien actos sexuales de cualquier persona, sin permiso de ésta o bien, del propietario o tenedor legítimo del aparato para el procesamiento de datos o del dispositivo de almacenamiento de información de que se trate, al responsable se le aplicará de 1 a 3 años de prisión, de 300 a 600 días multa, así como el pago de la reparación de daños y perjuicios ocasionados.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes)
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Transitorios (121 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 181, Código Penal de Aguascalientes (Aguascalientes). Texto vigente, última reforma 21 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-penal/articulo-181/

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