Artículo 1431 del Código Civil de Baja California Sur
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo tercero. De la forma de los testamentos · Capitulo III. Del testamento público cerrado
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
Si alguno de los testigos no supiere firmar se llamará a otra persona que lo haga en su nombre y en su presencia, de modo que siempre haya tres firmas.