Artículo 2692 del Código Civil de Baja California Sur
Libro cuarto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Titulo decimotercero. De los contratos aleatorios · Capitulo II. De la renta vitalicia
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
También es nulo el contrato si la persona a cuyo favor se constituye la renta muere dentro del plazo que en él se señale, y que no podrá bajar de treinta días, contados desde su otorgamiento.