Artículo 2652 del Código Civil de Baja California
Libro cuarto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Titulo decimosegundo. De los contratos aleatorios. · Capitulo II. De la renta vitalicia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 5 de junio de 2026
También es nulo el contrato si la persona a cuyo favor se constituye la renta, muere dentro del plazo que en él se señale y que no podrá bajar de treinta días, contados desde el del otorgamiento.