Artículo 2199 del Código Civil de Morelos
CAUSAS DE NULIDAD DE LA RENTA VITALICIA
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales · Titulo decimo quinto. De los contratos aleatorios · Capitulo I. De la renta vitalicia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
El contrato de renta vitalicia es nulo si la persona sobre cuya vida se constituye ha muerto antes de su otorgamiento.
También es nulo el contrato si la persona a cuyo favor se constituye la renta, muere dentro del plazo que en él se señale y que no podrá bajar de treinta días, contados desde el del otorgamiento.