Artículo 2780 del Código Civil de Baja California Sur
Libro cuarto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Titulo decimoquinto. De la prenda
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
Si se prueba debidamente que el dueño prestó su bien a otro con el objeto de que éste lo empeñara, valdrá la prenda como si la hubiere constituido el mismo dueño.