Artículo 2322 del Código Civil de Morelos
PRESTAMO DEL BIEN DADO EN PRENDA POR SU PROPIETARIO
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales · Titulo decimo septimo. De la prenda · Capitulo I. Generalidades
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Si se prueba debidamente que el dueño prestó su cosa a otro con el objeto de que éste la empeñara, valdrá la prenda como si la hubiere constituido el mismo dueño.