Artículo 533 del Código Civil de Baja California Sur
Libro primero. De las personas · Titulo décimo tercero. De la tutela · Capitulo I. Disposiciones generales.
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
Los tutores y curadores no pueden ser removidos de su cargo, sin que previamente hayan sido oídos y vencidos en juicio.