Artículo 517 del Código Civil de Guanajuato
Libro primero. De las personas · Título Noveno. De la tutela · Capítulo I. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
Los tutores y curadores no pueden ser removidos de su cargo sin que previamente hayan sido oídos y vencidos en juicio.