Artículo 894 del Código Civil de Baja California Sur
Libro segundo. De los bienes · Titulo cuarto. De la propiedad · Capitulo IV. Del derecho de accesión
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
En virtud de él pertenecen al propietario:
I.‑ Los frutos naturales;
II.‑ Los frutos industriales; y
III.‑ Los frutos civiles.