Artículo 186 del Código Penal de Baja California Sur
Libro segundo · Parte especial · Título quinto. Delitos contra la libertad sexual y el normal desarrollo psicosexual · Capítulo VII. Reparación del daño para los delitos previstos en este título
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 10 de octubre de 2026
Reparación del daño. Si a consecuencia de la comisión de alguno de los delitos previstos en los artículos anteriores resultaren hijos, la reparación del daño comprenderá, además, el pago de alimentos para éstos y para la madre en los términos fijados por la legislación civil.