Artículo 356 del Código Penal de Baja California Sur
Libro segundo · Parte especial · Título vigésimo segundo. Delitos contra la fe pública · Capítulo I. Simulación mediante títulos al portador, documentos de crédito público o similares
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 10 de octubre de 2026
Simulación de documentos equiparado. Se impondrán de cuatro a ocho años de prisión y multa de quinientos a tres mil días, a quien sin consentimiento de quien esté facultado para ello:
I.Produzca, imprima, enajene, distribuya, altere o falsifique tarjetas, títulos o documentos utilizados para el pago de bienes y servicios o para disposición en efectivo;
II.Adquiera, utilice, posea o detente tarjetas, títulos o documentos para el pago de bienes y servicios, a sabiendas de que son alterados o falsificados;
III.Adquiera, utilice o posea tarjetas, títulos o documentos auténticos para el pago de bienes y servicios, sin el consentimiento de quien esté facultado para ello;
IV.Altere los medios de identificación electrónica de tarjetas, títulos o documentos para el pago de bienes y servicios;
V.Acceda a los equipos electromagnéticos de las instituciones emisoras de tarjetas, títulos o documentos para el pago de bienes y servicios o para disposición en efectivo;
VI.A quien utilice indebidamente información confidencial o reservada de la institución o persona que legalmente esté facultada para emitir tarjetas, títulos o documentos utilizados para el pago de bienes y servicios, o de los titulares de dichos instrumentos o documentos; o
VII.Produzca, imprima, enajene, distribuya, altere o falsifique vales utilizados para canjear bienes y servicios.