Artículo 1047 del Código Civil de Baja California
Libro segundo. De los bienes · Titulo sexto. De las servidumbres · Capitulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 5 de junio de 2026
Son continuas aquellas cuyo uso es o puede ser incesante sin la intervención de ningún hecho del hombre.