Artículo 5.172 del Código Civil del Estado de México
Servidumbres continuas
LIBRO QUINTO. De los Bienes · TITULO SEXTO. De las Servidumbres · CAPITULO I. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Son continuas aquéllas cuyo uso es o puede ser incesante sin la intervención de ningún hecho del hombre.