Artículo 1192 del Código Civil de Baja California
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo segundo. De la sucesion por testamento · Capitulo II. De la capacidad para testar
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 5 de junio de 2026
Pueden testar todos aquellos a quienes la Ley no prohibe expresamente el ejercicio de ese derecho.