Artículo 255 del Código Civil de la Ciudad de México
LIBRO PRIMERO. De las personas · TITULO QUINTO. Del matrimonio · CAPITULO IX. De los matrimonios nulos e ilícitos
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 20 de agosto de 2026
El matrimonio contraído de buena fe, aunque sea declarado nulo, produce todos sus efectos civiles en favor de los cónyuges mientras dure; y en todo tiempo, en favor de sus hijos.