Artículo 307 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Libro primero. De los ingresos · Título cuarto. De los ingresos no provenientes de contribuciones · Capítulo I. De los Aprovechamientos
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 19 de diciembre de 2025
Se pagarán aprovechamientos por la demolición que lleve a cabo la Ciudad de México de acuerdo con la normatividad administrativa aplicable, mismos que deberán ser equivalentes a las erogaciones que ésta deba hacer por cada metro cuadrado de construcción demolida.