Artículo 325 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Libro primero. De los ingresos · Título cuarto. De los ingresos no provenientes de contribuciones · Capítulo V. De los Otros Ingresos
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 19 de diciembre de 2025
La Secretaría dentro de los diez días siguientes a la recepción de los donativos en efectivo que se realicen a las dependencias, órganos desconcentrados o entidades, les entregará a éstas dichos donativos, según corresponda.