Artículo 332 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Libro segundo. De los servicios de tesorería · Título primero. De la prestación de los servicios · Capítulo I. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 19 de diciembre de 2025
La Secretaría tendrá a su cargo la emisión, distribución y control de las Órdenes de Cobro que utilicen las auxiliares en los servicios de recaudación, así como los demás que requiera los servicios por ella prestados o cuya emisión debe efectuarse por disposición legal u orden de la Secretaría. De igual forma, intervendrá en la destrucción de las Órdenes de Cobro, cuando así proceda, junto con los materiales empleados en su producción.
Tratándose de recursos de aplicación automática, la emisión, distribución y control de los formatos para cobro, correrá a cargo de la unidad generadora.